Modelo De Cláusula De Devolución De Arras Por No Concesión De Hipoteca

4.16 de 5 (4817 Valoraciones)

Actualizado: 2025–2026


Cláusula Devolutiva en Caso de No Concesión del Crédito Hipotecario

La presente cláusula establece que, en caso de que la entidad financiera no conceda el préstamo hipotecario solicitado por el comprador, este tendrá derecho a recuperar las cantidades entregadas en concepto de arras, sin penalización alguna. La devolución se realizará en un plazo de [X] días hábiles desde la notificación formal de la denegación del crédito. Es importante que ambas partes tengan en cuenta que el incumplimiento de esta condición puede afectar la validez del acuerdo y las obligaciones correspondientes.


PDF

PDF

Word

Word

Ejemplo

Ejemplo

Modelo

Modelo


Este ejemplo es solo ilustrativo. La redacción puede adaptarse según las circunstancias y los requisitos legales.

Cláusula de Devolución de Arras en Caso de No Concesión de Hipoteca

Partes contratantes:

Vendedor: Juan Pérez Martínez
DNI: 12345678A
Domicilio: Calle Mayor, 10, 28001, Madrid

Comprador: Ana Gómez López
DNI: 87654321B
Domicilio: Avenida Central, 25, 28002, Madrid

Cláusula de devolución de arras por no concesión de hipoteca:

En caso de que el comprador no obtenga la aprobación de la hipoteca solicitada para financiar la compra, y siempre que tal circunstancia quede acreditada mediante la documentación pertinente, el comprador tendrá derecho a la devolución íntegra de las arras entregadas, renunciando a cualquier otra reclamación o penalización. La devolución deberá efectuarse en un plazo no superior a 15 días desde la notificación fehaciente de la denegación por parte de la entidad bancaria.

Ejemplo:

Si Juan Pérez solicita una hipoteca a su banco y la entidad se la deniega por motivos que no sean atribuibles al comprador, este podrá solicitar la devolución de las arras en el plazo establecido, siempre aportando la comunicación oficial negativa de la entidad bancaria.

Nota adicional:

La falta de obtención de la hipoteca debe ser acreditada mediante documentación oficial, y el comprador deberá comunicar por escrito al vendedor la denegación en el plazo convenido.

Firmado en Madrid, a 15 de octubre de 2023

________________________
Firma del Vendedor
________________________
Firma del Comprador